El presupuesto para comprar vivienda en España incluye el precio, los impuestos y los gastos de formalización. La obra nueva y la vivienda usada suelen tributar de forma distinta, y los tipos dependen del territorio y del supuesto. Esta guía organiza el cálculo para el comprador, con referencias específicas a Torrevieja y al resto de la Comunitat Valenciana.
Comprobado el 20 de septiembre de 2026. Solicita un cálculo para tu inmueble y la fecha concreta de la operación antes de pagar.
Vivienda nueva: IVA y posible AJD
Según la Agencia Tributaria, la primera entrega de vivienda por el promotor suele tributar por IVA: el tipo habitual es el 10%, y el 4% corresponde a determinados supuestos de vivienda protegida. Importa la definición fiscal de primera entrega, no que el anuncio diga «nuevo».
En una compraventa documentada en escritura se comprueba también AJD, Actos Jurídicos Documentados. En la Comunitat Valenciana, el tipo general del apartado 4 del artículo 14 es del 1,4% desde el 1 de junio de 2026; los supuestos especiales se revisan por separado. La modificación figura en el artículo 34 de la Ley 5/2025.
Si compras vivienda habitual, comprueba por separado la aplicación del 0,1% de AJD a las primeras copias de las escrituras correspondientes. Es un supuesto específico del artículo 14 de la Ley 13/1997 vigente, no el tipo aplicable a cualquier piso.
Vivienda usada: ITP
Una compraventa ordinaria de vivienda usada tributa por ITP, no por IVA. En la Comunitat Valenciana el tipo general es del 9% desde el 1 de junio de 2026. Para inmuebles o derechos transmitidos de valor superior a un millón de euros se aplica el 11%; hay tipos especiales con requisitos propios. Consulta el artículo 33 de la Ley 5/2025. No son tipos generales para toda España.
¿Sobre qué importe se calcula?
El precio anunciado no siempre coincide con la base imponible. En ITP hay que comprobar el valor de referencia en la fecha de la operación; si el valor declarado, el precio o la contraprestación son superiores, se toma la mayor magnitud. El Catastro explica el valor de referencia. No debe confundirse con el valor catastral empleado en otros tributos.
Ejemplo exclusivamente orientativo: con una base aplicable de 200.000 euros y un tipo del 9%, el ITP sería de 18.000 euros. Es una operación aritmética, no una valoración de tu vivienda. No incluye notaría, registro ni otros gastos.
¿Qué gastos conviene separar?
- Formalización notarial e inscripción de la propiedad.
- Asesoramiento contratado, traducciones y poder, cuando sea necesario.
- Financiación hipotecaria, con un cálculo independiente basado en la documentación del banco.
- Revisión del estado del inmueble, obras previstas, mobiliario y altas.
- Mantenimiento posterior: comunidad, suministros y seguros.
Pide un presupuesto con destinatario, importe, concepto y fecha de cada pago. Una reserva descontada del precio no debe sumarse de nuevo al precio completo. Un porcentaje único de «todos los gastos» no sustituye el desglose de la operación.
¿Qué ocurre con los impuestos posteriores?
Distingue el IBI municipal de la tributación de las rentas. El régimen no depende únicamente de la nacionalidad: cuentan la residencia fiscal y el uso del inmueble. Una persona física no residente con vivienda urbana para uso propio o vacía puede tener renta imputada en el IRNR. La Agencia Tributaria detalla ese supuesto. El alquiler requiere un análisis diferente; no es correcto prometer un coste anual idéntico a todos los propietarios extranjeros.
¿Cómo comparar dos viviendas con estos datos?
Compara el desembolso hasta la entrega de llaves y el coste de mantener cada opción. Selecciona propuestas en el catálogo de venta y confirma su precio y condiciones. Velas Purpuras facilita la consulta sobre el inmueble; el asesoramiento fiscal y los servicios profesionales se acuerdan por separado. Las preguntas frecuentes sobre la compra ayudan a preparar esa conversación.
